Sectores

Funciones y competencias de concejales y juntas parroquiales en Ecuador

En las elecciones seccionales del próximo domingo 5 de febrero, se elegirán a nivel nacional 5.667 nuevas autoridades seccionales; 24 prefectos, 221 alcaldes, 864 concejales urbanos, 443 concejales rurales, 4109 vocales de juntas parroquiales y 7 miembros del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social.
Por Henry Jara
4 minutos
En cada junta receptora del voto habrá 350 electores. A las 17h00 se cerrarán las votaciones y los miembros de mesa iniciarán con el conteo de los votos.
En cada junta receptora del voto habrá 350 electores. A las 17h00 se cerrarán las votaciones y los miembros de mesa iniciarán con el conteo de los votos.
Publicidad

Las Juntas Receptoras del Voto serán ocupadas mayormente por estudiantes universitarios. 279.244 ciudadanos integrarán las mesas electorales. Cerca de 225.000 ciudadanos son estudiantes universitarios que se escogieron aleatoriamente por el CNE, esto representa un 80,9%.

Juntas receptoras del voto

Para los próximos comicios el domingo 5 de febrero de 2023, en total costarán 4.380 establecimientos que acogerán a las Juntas Receptoras del Voto. En cada junta receptora del voto habrá 350 electores. A las 17h00 se cerrarán las votaciones y los miembros de mesa iniciarán con el conteo de los votos.

Tareas de los concejales

En Ecuador existen 221 municipios, pero solo un distrito metropolitano que es Quito. El Cootad establece dos tipos de concejos bajo esas dos categorías, municipal y metropolitano, pero sus funciones son las mismas y están compuestos por concejales o concejalas elegidos en las urnas. El número varía según la cantidad de población urbana y rural, en la capital son 21, mientras que en Guayaquil son 15.

Sus principales funciones están especificadas en el artículo 58 y son:

Fiscalizar la gestión del alcalde o alcaldesa y elegir, de entre sus integrantes, al vicealcalde o vicealcaldesa.

Decidir la destitución, con el voto, conforme de las dos terceras partes de sus miembros, del alcalde o alcaldesa o del vicealcalde o vicealcaldesa y de las concejalas o concejales que hubieren incurrido en unas prohibiciones dispuestas por la normativa.

La intervención con voz y voto en las sesiones y deliberaciones del Concejo metropolitano.

Aprobar el plan metropolitano de desarrollo y el de ordenamiento territorial.

Aprobar y observar el presupuesto del gobierno autónomo metropolitano, que debe guardar coherencia con el plan metropolitano de desarrollo y de ordenamiento territorial y garantizar una participación ciudadana en la que estén representados los intereses colectivos del distrito en el marco de la Constitución y la Ley. También debe aprobar u observar la liquidación presupuestaria del año anterior, con debidas reformas.

Conformar las comisiones permanentes, especiales y técnicas que sean necesarias, respetando la proporcionalidad de la representación política y poblacional urbana y rural existente en su seno, y aprobar la conformación de comisiones ocasionales sugeridas por el alcalde o alcaldesa metropolitana.

Regular, a través de una ordenanza, la delimitación de los barrios y parroquias urbanas tomando en cuenta la configuración territorial, identidad, historia, necesidades urbanísticas y administrativas y la aplicación del principio de equidad interbarrial.

Vocales de las juntas parroquiales

En el artículo 70 del Cootad se especifican las atribuciones del presidente o presidenta de la junta parroquial rural, entre las más relevantes están:

Convocar y presidir con voz y voto las sesiones de la junta parroquial rural, para lo cual deberá proponer el orden del día de manera previa.

Presentar a la junta parroquial proyectos de acuerdos, resoluciones y normativa reglamentaria.

Dirigir la elaboración del plan parroquial de desarrollo y el de ordenamiento territorial, en concordancia con el plan cantonal y provincial de desarrollo.

Elaborar participativamente el plan operativo anual y la correspondiente proforma presupuestaria institucional conforme al plan parroquial rural de desarrollo y de ordenamiento territorial.

Decidir el modelo de gestión administrativa mediante el cual deben ejecutarse el plan parroquial rural de desarrollo y de ordenamiento territorial.

Suscribir contratos, convenios e instrumentos que comprometan al Gobierno Autónomo Descentralizado parroquial rural, de acuerdo con la Ley.

Coordinar un plan de seguridad ciudadana, acorde con la realidad de cada parroquia rural y en armonía con el plan cantonal y nacional de seguridad ciudadana, articulando, para tal efecto, el gobierno parroquial rural, el gobierno central a través del organismo correspondiente, la ciudadanía y la Policía Nacional.

En el artículo 68 del Cootad se establecen también las funciones de los vocales de la junta parroquial, estás son las más relevantes:

Intervenir con voz y voto en las sesiones y deliberaciones de la junta parroquial rural.

La presentación de proyectos de acuerdos y resoluciones, en el ámbito de competencia del gobierno rural.

Fiscalizar las acciones del ejecutivo parroquial y cumplir aquellas funciones que le sean expresamente encomendadas.