La ministra del Trabajo, Gloría Inés Ramírez, invitó a todos los contratantes a realizar el pago a tiempo de la prima de servicios para los trabajadores domésticos, cuyo plazo es hasta este 20 de diciembre.
La titular de la cartera laboral dijo: «Este beneficio corresponde a 30 días de salario por año o proporcional al tiempo laborado, y se efectúa en dos pagos: en junio y diciembre”.
Quienes prestan servicios como trabajadores del hogar, realizando tareas como aseo, cocina, lavado, planchado; jardineros, cuidadores de fincas, conductores y niñeras, entre otros, tienen derecho a la prima de servicios.
La obligatoriedad que tienen los empleadores de hacer este reconocimiento está establecida en la Ley 1788 del 7 de julio de 2016.
También recordó que, haciendo el pago a tiempo se evitan las sanciones: “La no cancelación de este tipo de prestaciones sociales, genera multas de un día de salario por cada día de mora«.
¿Qué hacer si no me pagan la prima?
Si pasado el 20 de diciembre, no le han pagado la prima, puede acudir a un juez laboral para exponer su situación y exigir su derecho.
Será el juez el responsable de interponerle sanciones a la empresa u organización por infringir el Código Sustantivo del Trabajo (CST) en su artículo 306, el cual especifica el pago de la prima de servicios como una transacción imperativa para el empleador.
¿Cómo se calcula la prima?
Para calcular el monto correspondiente de esta remuneración, el trabajador debe tomar su salario base para luego multiplicarlo por el número de jornadas laborales en los seis meses trabajados entre julio y diciembre, es decir, 180 y dividirlo en 360. Si la persona no estuvo el tiempo completo, la ley establece que el monto recibido es proporcional al tiempo laborado.